En el 2021 el tema principal ha seguido siendo el Covid-19, ya no recordamos la vida sin mascarillas ni geles hidroalcohólicos. Ahora enseñar la boca es como enseñar los tobillos en los años 20. Y otro de los temas principales ha sido: los interinos que si reforma para arriba que si reforma para abajo. La Administración ha usado al personal interino a su antojo y ahora se ha visto que tiene un problema.
Europa ya nos ha reñido más de una vez por esta situación en las Administraciones Públicas, entonces las Cortes han aprobado una nueva ley para el personal interino. Desde Opositores.net te explicamos qué se ha aprobado y cómo afecta a los opositores.
La nueva ley para los interinos: plazas de funcionario por concurso
Sí, estás leyendo bien, se acabo el concurso-oposición e incluso la casi olvidada oposición. El pasado 28 de diciembre se aprobó la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, entrando en vigor el 30 de diciembre de 2021.
El objetivo de la ley es reducir la temporalidad del conjunto de las Administraciones por debajo del 8%, hay que romper una lanza a favor de la Administración General del Estado que sí cumple esta ratio, pero no así en otros ámbitos territoriales.
La polémica de esta ley se encuentra en que se reservará concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la Administración que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco años.
La norma da mayores garantías a los trabajadores interinos con más experiencia. Así, aquellas plazas que estén cubiertas por trabajadores con contrato temporal durante al menos los últimos 5 años o más, deberán ser consolidadas en un concurso de mérito; y aquellos que lleven tres años, se realiza a través de concurso-oposición, dando la opción de que los ejercicios de la fase de oposición no sean eliminatorios.
Aquel personal interino que no supere el proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado hasta un máximo de doce meses.
Ahora mismo, como opositor, te estarás preguntado: ¿y qué pasa con el art. 103.3 de la Constitución? ¿se cumplen los principios de mérito y capacidad? Pues de momento habrá que esperar si esta nueva ley termina en el Tribunal Constitucional o no. De momento se debe aplicar esta norma hasta que el Constitucional diga lo contrario.
Eso sí, se seguirán aprobando procesos selectivos tanto de oposición como de concurso-oposición, con lo cual si quieres ser funcionario puedes seguir preparándote las oposiciones.
Para cualquier duda, pregunta o sugerencia te leemos en comentario o en el chat en directo.
Diego
Hola buenas noche! Hace poco salió la nota de la oposición para la administración general del estado cuya nota de corte es 61, al aprobar el primero se entra en bolsa de empleo. Tardan en llamar? Acaban llamando?.
Muchas gracias.
Bea Caballero Romero
Buenas Diego, lo que nos preguntas es referente a la convocatoria cuyo exámenes se realizaron en 2019 y 2020. Este año ha cambiado todo y los dos ejercicios que se hacían en diferentes días, ahora se hacen en un solo día, por eso tendremos que esperar a la realización del examen para conocer la nueva nota de corte. En cuanto a la bolsa de empleo, sobre lo que tardan o no en llamar, es impredecible. Todo va a depender del puesto que se quede libre y de la necesidad que tenga la administración en ocupar dicho puesto y por tanto, hacer uso de la bolsa.
Un saludo
EVA PÉREZ BOTELLA
Hola, buenos días. Tengo una duda. Yo estoy ocupando una plaza interina de C2 desde diciembre de 2008 en la Generalitat Valenciana. Mi pregunta es la siguiente. Las plazas que ocupamos las personas como yo, podemos optar a quedarnos con esa misma o va a ser un concurso en el que cuando te toque el turno a elegir si está esa plaza disponible puedes cogerla o tienes que coger entre lo que quede. Lo digo porque yo soy una persona con diversidad funcional y tengo problemas de movilidad y quisiera la plaza que estoy ocupando ahora y no tengo claro si eso puede ser o va a haber alguna atención por parte de Generalitat con las personas como yo, que son interinas y tienen diversidad funcional. Gracias.
Bea Caballero Romero
Hola Eva, de momento no hay más información que la os facilitamos en esta noticia. Lo ideal es que lo consulte con su Administración, puesto que serán ellos los que tengan la información interna acerca de las plazas a ocupar. Lo que sí le podemos afirmar y así se ha hecho público, es que si llevas trabajando de manera ininterrumpida desde el 2008, pasa a ser fija, que es lo que aparece regulado en esta modificación de la normativa.
Un saludo.