Reglamento General de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla.
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El personal de administración y servicios de la Universidad de Sevilla estará formado por:
Los sistemas de selección de personal laboral en la Universidad de Sevilla podrán ser:
l personal funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla:
Los miembros del personal de administración y servicios podrán desempeñar todos los cargos de gobierno, representación y gestión integrados en su estructura siempre que:
Las modificaciones de la relación de puestos de trabajo deberán someterse a la aprobación del Consejo de Gobierno junto con el Proyecto de Presupuesto:
La Universidad de Sevilla elaborará la programación de la plantilla de su personal de administración y servicios previa negociación con las centrales sindicales más representativas en su ámbito. El criterio básico para elaborar dicha programación lo constituyen las necesidades específicas de los Centros, Departamentos, Áreas y Servicios. A este efecto se llevarán a cabo los estudios necesarios para determinar las cargas de trabajo de las diferentes unidades y su adecuación, en términos de personal, a las necesidades reales. Igualmente, se fijarán mecanismos objetivos de homologación de las estructuras internas.:
El concurso-oposición será el sistema preferente de selección del personal funcionario. La selección del personal laboral se realizará de conformidad con lo establecido en el convenio colectivo aplicable.
La Universidad de Sevilla promoverá y fomentará las acciones formativas tendentes al perfeccionamiento y especialización de su personal de modo que los conocimientos adquiridos sean valorados a los efectos del acceso a puestos, categorías o escalas de nivel superior y en la carrera horizontal. La Universidad de Sevilla organizará directamente dichas actividades o facilitará el acceso a aquellas que se realicen externamente y sean homologadas.
La Universidad de Sevilla organizará su Registro de personal de administración y servicios de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
En cada tribunal o comisión actuará como secretario, con voz pero sin voto, un miembro de los Servicios de Personal nombrado por el Rector.
La evaluación del desempeño es el procedimiento mediante el cual se mide y valora la conducta profesional y el rendimiento o el logro de resultados. La calidad y eficacia de las actividades del personal de administración y servicios, así como la mejora de la gestión y los servicios, se evaluarán:
En los procedimientos relativos a la ampliación, modificación y adecuación de los efectivos de sus plantillas, la Universidad de Sevilla deberá mantener el equilibrio en la proporción de 1/3 y 2/3, entre el gasto recogido en el Capítulo I del presupuesto, descontando lo asignado a la Acción Social, destinado a personal de administración y servicios y, respectivamente, el destinado a personal docente e investigador:
Previa negociación con las centrales sindicales más representativas en el ámbito, el Consejo de Gobierno podrá aprobar la creación de otras escalas y especialidades de personal funcionario que considere necesarias, determinando sus competencias y funciones genéricas y equiparándolas, por la analogía de sus funciones y el nivel de titulación exigible para el acceso a ellas, a los cuerpos y escalas que existan o se creen en las administraciones públicas:
La convocatoria de los procesos selectivos de acceso, nuevo ingreso, provisión de puestos y promoción interna será realizada por el Rector, quien ordenará su publicación en el tablón de anuncios de la Universidad de Sevilla y, cuando proceda legalmente, en el BOJA o el BOE. Cuando se publique en ambos, a efectos del cómputo de plazos, será determinante la fecha de publicación posterior. Los tribunales y comisiones de selección o valoración:
l Reglamento General de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla está estructurado por:
Los procesos de selección y provisión de puestos personal laboral, incluida la promoción interna, se regularán por el convenio colectivo aplicable. La confección de las bolsas de trabajo se regulará, previo acuerdo con el Comité de Empresa:
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