El Estatuto de la Universidad de Sevilla. Título VI, el régimen económico y financiero.
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En base al art. 131.1 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS) nº 1, de 27 de septiembre de 2008, incluyendo la última modificación sobre el texto estatutario publicada en BOUS nº 2, de 27 de abril de 2017, constituye el patrimonio de la Universidad de Sevilla:
En base al art. 133.1 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS) nº 1, de 27 de septiembre de 2008, incluyendo la última modificación sobre el texto estatutario publicada en BOUS nº 2, de 27 de abril de 2017, la Universidad de Sevilla:
n base a lo establecido en el art. 138 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, el presupuesto contendrá, en su estado de ingresos:
En base al art. 138.2 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS) nº 1, de 27 de septiembre de 2008, incluyendo la última modificación sobre el texto estatutario publicada en BOUS nº 2, de 27 de abril de 2017, el presupuesto, en su estado de gastos, separará los créditos para gastos corrientes y para gastos de inversión:
n base a lo establecido en el art. 135 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, la Universidad de Sevilla podrá elaborar, en el marco de la legislación que establezca la Comunidad Autónoma de Andalucía:
n base a lo establecido en el art-137 de los vigentes Estatutos de la Universidad de Sevilla, la Universidad en ejercicio de su autonomía económica y financiera, la Universidad de Sevilla elaborará y aprobará su presupuesto anual, que será:
En base al art. 140 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS) nº 1, de 27 de septiembre de 2008, incluyendo la última modificación sobre el texto estatutario publicada en BOUS nº 2, de 27 de abril de 201, las transferencias de crédito entre los diversos conceptos de los capítulos de operaciones corrientes y entre los diversos conceptos de los capítulos de operaciones de capital serán:
La Universidad de Sevilla asegurará el control interno de sus gastos e inversiones, organizando sus cuentas según las normas y principios contables públicos, siendo de aplicación la normativa que, sobre esta materia, dicte:
En base al art. 133.1 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS) nº 1, de 27 de septiembre de 2008, incluyendo la última modificación sobre el texto estatutario publicada en BOUS nº 2, de 27 de abril de 2017, los actos relativos a la afectación y desafectación de bienes de dominio público, y los actos de disposición sobre bienes inmuebles de titularidad universitaria, así como sobre bienes muebles cuyo valor exceda el que determine la legislación autonómica andaluza:
En base al art. 131.3 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS) nº 1, de 27 de septiembre de 2008, incluyendo la última modificación sobre el texto estatutario publicada en BOUS nº 2, de 27 de abril de 2017, la Universidad de Sevilla asume:
El Estatuto de la Universidad de Sevilla. Título VI, el régimen económico y financiero.
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