El Estatuto de la Universidad de Sevilla. Título III, La actividad universitaria: la docencia (Cap. I). La investigación (Cap. II).
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Las normas de evaluación y calificación serán las establecidas en el Reglamento general de actividades docentes y las que establezca el Consejo de Gobierno en desarrollo del mismo. En base a lo establecido en el art 55 del Estatuto de la Universidad de Sevilla:
Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones docentes del profesorado y de los planes de organización docente, se creará una Inspección de Servicios que, en base al art. 59 de los vigentes Estatutos de la Universidad de Sevilla:
n base a lo dispuesto en el art. 49 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS) nº 1, de 27 de septiembre de 2008, las actividades docentes de la Universidad de Sevilla se basan en.
Para velar por la calidad de la enseñanza, la Universidad de Sevilla constituirá la denominada Comisión de Docencia de la Universidad:
l art. 54 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla, establece que los Consejos de Departamento:
En los términos expresados en el Reglamento general de actividades docentes:
En virtud del art. 53 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS) nº 1, de 27 de septiembre de 2008, acerca de las normas de progreso y permanencia en los Centros:
En virtud del art. 56 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS) nº 1, de 27 de septiembre de 2008:
En virtud del art. 51 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS) nº 1, de 27 de septiembre de 2008, en la elaboración y modificación de los planes de estudio se garantizará la participación:
En virtud del art. 52 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS) nº 1, de 27 de septiembre de 2008, en materia de acceso a centros:
En cada Departamento se creará una Comisión de Investigación, que estará formada por:
n base a lo establecido en el art. 58 apartado c) de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, las Comisiones de Docencia de los Departamentos, que estarán:
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